Proponen endurecer controles para designar tesoreros municipales en Edomex

Información de Gerardo Carmona

Proponen endurecer controles para designar tesoreros municipales en Edomex
Proponen endurecer controles para designar tesoreros municipales en Edomex

El diputado morenista Javier Cruz Jaramillo propuso reformar la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para establecer mayores controles en el nombramiento y remoción de las personas titulares de las tesorerías municipales, así como crear mecanismos de prevención ante riesgos o afectaciones a la hacienda pública.

La iniciativa, presentada durante sesión de la Diputación Permanente por el legislador Isaac Josué Hernández Méndez, del PT, plantea que la designación y eventual separación definitiva de quien encabece la tesorería municipal requiera el voto de mayoría calificada del cabildo, es decir, de las 2 terceras partes de sus integrantes.

El proyecto busca fortalecer la protección del patrimonio municipal mediante un esquema de corresponsabilidad para quienes intervengan en decisiones que comprometan recursos públicos. De acuerdo con la propuesta, integrantes del ayuntamiento podrían enfrentar responsabilidades administrativas, civiles o penales cuando, por acción u omisión, autoricen, toleren o mantengan nombramientos con dolo, conflicto de interés o negligencia grave que generen daño, menoscabo o riesgo para la hacienda pública.

Entre los nuevos requisitos para ocupar una tesorería municipal se plantea acreditar una evaluación de confianza, practicada por la Unidad Estatal de Evaluación de Confianza u órgano competente, dentro de los seis meses posteriores al inicio de funciones. También se exige contar con un dictamen de idoneidad técnica y financiera emitido por el Instituto Hacendario del Estado de México.

La persona propuesta para el cargo tendría que presentar constancias de no antecedentes penales de los ámbitos federal y estatal, así como sus declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal ante el órgano interno de control municipal. Además, debería comparecer públicamente ante el cabildo para exponer su perfil profesional, plan de trabajo y responder cuestionamientos relacionados con el manejo de los recursos públicos.

La iniciativa señala que el objetivo no es criminalizar ni prejuzgar conductas, sino establecer un modelo preventivo, de control y responsabilidad institucional, con respeto al debido proceso, ante posibles irregularidades financieras o afectaciones patrimoniales.

El documento también prevé medidas cautelares cuando se adviertan riesgos en el ejercicio de las funciones de la tesorería. Entre ellas se incluye la separación inmediata y provisional del cargo, sin prejuzgar responsabilidades, en casos de omisión grave o reiterada en la entrega de información financiera, contable o presupuestal requerida por el ayuntamiento, la presidencia municipal, la sindicatura, el órgano interno de control, la Secretaría de la Contraloría estatal o el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.

La misma medida podría aplicarse cuando se detecten irregularidades financieras relevantes, inconsistencias graves o riesgos fundados para la hacienda pública, derivados de auditorías, revisiones preventivas o informes de instancias fiscalizadoras, así como ante la negativa injustificada a comparecer o atender requerimientos legales vinculados con el cargo.

La separación provisional sería aprobada por mayoría simple del ayuntamiento, con garantía de audiencia posterior. En cambio, la remoción definitiva procedería después de sustanciar el procedimiento administrativo correspondiente, cuando se acrediten incumplimientos, responsabilidad administrativa grave, daño patrimonial o responsabilidad civil o penal.

Para evitar vacíos operativos, el proyecto incorpora la figura de una persona encargada de despacho en casos de separación provisional o remoción definitiva. Su función sería garantizar la continuidad administrativa y el manejo ordinario de la hacienda pública, aunque con facultades limitadas, sin posibilidad de autorizar actos extraordinarios de disposición patrimonial ni comprometer recursos fuera de la administración ordinaria, salvo autorización expresa del cabildo.

En los artículos transitorios se plantea que, de ser aprobada, la reforma entre en vigor el primero de enero de 2028, con aplicación para las personas designadas a partir del inicio de la próxima administración municipal.
Cruz Jaramillo argumentó que la legislación vigente reconoce la atribución de los ayuntamientos para nombrar y remover a titulares de tesorerías municipales, pero no desarrolla de manera suficiente un esquema integral de control preventivo y de reacción institucional frente a riesgos o afectaciones a los recursos públicos.

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